Por: Juan José Rojas Ortiz

@eldaltonicojuan

Las elecciones del pasado 27 de octubre en Colombia dejaron como una de las grandes conclusiones que se abrieron espacios para nuevos liderazgos. Tanto porque muchos jóvenes candidatos resultaron elegidos, como porque muchos de ellos fueron electos sin contar con el apoyo de los grandes y tradicionales partidos. En este sentido, vale la pena que nos preguntemos ¿cómo pueden los jóvenes acceder cargos de toma de decisiones y participar activamente?

Nuestro país en 2013 expidió la Ley 1622, un estatuto de ciudadanía juvenil que establecía los lineamientos para que los y las jóvenes pudieran participar y sus voces fueran tenidas en cuenta a la hora de formular las políticas públicas para ellos. La ley 1622 estableció espacios para que los jóvenes puedan participar, hacer recomendaciones y hacer veeduría cuando una política pública los afectará directamente: por un lado las plataformas de juventudes, en las cuales se hacen presentes procesos de juventudes entendidas como organizaciones formales o no formales donde las y los jóvenes se agrupan, y los consejos de juventudes donde las y los jóvenes se hacen elegir con votos de otros jóvenes en los departamentos, municipios y localidades.

Tristemente la Ley 1622 quedó mal escrita y la Corte Constitucional dijo que era ambigua al no establecer si las curules para los consejos de juventudes se establecían por cifra repartidora o cociente electoral por lo que se tuvo que expedir la Ley 1885 de 2018 para darle claridad a ese y otros temas.

La ley modificadora estableció que el Registrador Nacional tenía hasta dos años -desde la promulgación de la ley- para establecer una fecha para la realización de las elecciones en la que los jóvenes escojamos a los jóvenes que nos representen ante gobiernos locales y el Consejo Nacional de Políticas Públicas de Juventud.

Ese plazo vence el 1 de marzo de 2020 y es claro que el registrador saliente deja su cargo sin haber adelantado la tarea. El nuevo Registrador Nacional, Alex Vega, empieza su período de 4 años en un año no es electoral, pero tendrá que coordinar con el Ministerio de Hacienda los recursos para adelantar la pedagogía, insistir al DANE para que entregue las cifras del censo juvenil y liderar la logística de un día de elecciones en todo el país.

Es recurrente que cada vez que pasa una consulta interna o interpartidista que no coincide con el día de elecciones parlamentarias la opinión pública salga a desmeritar la necesidad del proceso ante una votación que no se compara con la de las elecciones típicas, la respuesta de ante mano no puede ser otra: ¡sí, la democracia cuesta!

En un país como el nuestro en el que pensar diferente ha llevado a que se comentan crímenes atroces y la apertura en espacios de toma de decisiones y partidos políticos ha sido difícil para las minorías hay que garantizar espacios de participación efectivos para la juventud, que no somos el futuro sino el presente del país, y que sólo el pasado 27 de octubre sumamos 13 millones de colombianos aptos para votar, sin contar que el estatuto establece que se es joven desde los 14 hasta los 28 por lo que otra buena parte de jóvenes podrían escoger a sus representantes ante los consejos de juventudes de sus territorios.

Mucho se habla de cómo los jóvenes somos apáticos a los procesos políticos y como la abstención es alta, pero valdría la pena preguntarse el porqué. ¿No será que los jóvenes no estamos preparados para ser ciudadanos? ¿No será que aquellos que quieren participar no encuentran los espacios y se decepcionan del sistema? ¿No será que muchos aplauden las normas que permiten que las y los jóvenes participen pero no trabajan en su aplicación y los dejan siendo jóvenes sólo en el papel?

*Columnista invitado del Tanque de Pensamiento AlCentro.

Noviembre, 2019.

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