Por: Christian Ladino

La situación actual generada por el virus SARS COV 2, afectó entre muchas otras cosas, el quehacer legislativo y generó en un punto preocupación sobre el trámite de una gran cantidad de proyectos de Ley Ordinaria y de Acto Legislativo que están en curso en el período de sesiones actual (2019-2020), y que, en el caso de los segundos, por su naturaleza y el tiempo en contra, no podrían ser parte de la discusión en sesiones extraordinarias en el Congreso.

Dentro de estos está el Acto Legislativo 23/2019 (Senado) y 182/2019 (Cámara) que busca finalmente establecer el marco jurídico para las dinámicas que recorren el territorio del Distrito Capital y el Departamento de Cundinamarca desde siempre. Para ello, es necesario modificar el artículo 325 de la Constitución y reglamentarlo mediante una Ley Orgánica en la próxima legislatura para ser una realidad en todo sentido. Me refiero a la conformación de la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca como una autoridad administrativa de régimen especial cuyo fin es la generación de procesos de planificación territorial y la implementación de políticas gubernamentales en una región donde sus recursos naturales y sus comunidades comparten características y problemáticas y se relacionan entre sí.

La Bogotá-Región podría pensarse como la implementación de otro modelo de integración regional que ya existe en Colombia, como lo son las Áreas Metropolitanas (reglamentadas por la ley 1625 de 2013); sin embargo, existen diferencias en el ámbito jurídico y de competencias. Pensar en un área metropolitana como la del Valle de Aburrá, por ejemplo, para Bogotá y Cundinamarca generaría un conflicto de competencias con la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR (se requeriría la formación de una nueva Corporación para el Área Metropolitana) o con la Gobernación ya que no estaría incluida en dicha figura. Adicionalmente, necesitaría contar con la realización de una consulta popular en el área de interés.

En ese contexto, la conformación de una Región Metropolitana – y no un Área Metropolitana – dirime los conflictos de tipo jurídico y permite la conformación de una figura territorial especial que le permita a las entidades territoriales que la conformarán planificar su desarrollo de manera conjunta, repartiendo las cargas y los beneficios y poniéndole orden a las dinámicas de interdependencia (de todo tipo) que existen en la actualidad.

 

Así las cosas, es importante recalcar que el desarrollo de Bogotá ha ido de la mano de una diversificación de los municipios que están cercanos a ella, transformando la relación entre lo que consideramos el espacio rural y la ciudad. Fenómenos como la expansión urbana (un crecimiento endógeno, donde años atrás municipios como Chía, Zipaquirá o Madrid entre otros se convirtieron en centros de relevo para la población capitalina), la población flotante que en los modelos realizados por (Coscia, M., Neffke, F. & Lora, E.)[1] se estimaba en 400.000 personas durante los días hábiles de la semana en el año 2.015, y el intercambio de bienes y servicios, son factores que generaron hace mucho tiempo una relación de fluidez que sumada a las condiciones ecosistémicas compartidas (biodiversidad, suelos, paisajes, cuencas hidrográficas, etc…) son el argumento claro de la necesidad de la esperada integración regional.

Este concepto de planificación desde la integración regional está ligado a lo que se conoce como enfoque territorial, el cual según (Echeverri,2003) tiene dos objetivos mayores: el primero la cohesión social que es la construcción de sociedades basadas en la equidad, el respeto a la diversidad, la justicia social y la pertinencia; y el segundo: la cohesión territorial, que no es más que el proceso de integración del territorio con base a una distribución y gestión balanceada de sus recursos.

En tal sentido, abordar el enfoque territorial es la oportunidad desde la gestión pública y el poder institucional para generar acciones de cooperación, corresponsabilidad y una verdadera inclusión social y económica de toda la población, que en el caso de la región Bogotá-Cundinamarca serán varios millones los beneficiados con la adopción de una visión sistémica de todos los elementos que la constituyen, una visión clave para su éxito en los años venideros.

Uno de los aspectos importantes dentro de esta nueva figura de planificación es cómo se trabajará desde los planes de ordenamiento territorial, puesto que estos son los instrumentos técnicos y normativos más importantes dentro de la planificación y gestión a largo plazo; y en la actualidad no existe una cohesión espacial ni temporal enfocada a las dinámicas regionales dentro estos, generando una limitante instrumental. Lo que busca esta nueva figura es una planificación regional que se oriente a buscar consensos entre las entidades territoriales sin que se coarten principios básicos como la autonomía y el establecimiento de mecanismos para el ordenamiento del territorio que establece la ley 388 de 1997. La Gobernación de Cundinamarca en el año 1.999 en su publicación: “Directrices y orientaciones para el ordenamiento del territorio[2]. hablaba de planear y resolver de manera compartida los problemas, de forma coordinada entre las diferentes entidades administrativas, y recalcaba la necesidad de concertar entre el Distrito Capital y los municipios circundantes sus políticas, para establecer usos del suelo compatibilizando el espacio ciudad-región.

Dentro de los retos en el componente de ordenamiento territorial de la Región está el lograr la construcción de centralidades que garanticen la existencia de servicios y equipamientos que no solo estén presentes sino también articulados entre los municipios, garantizando una vocación productiva que cuente con los espacios básicos para desarrollarse. Este componente tiene que ir de la mano de una viabilidad presupuestal para el establecimiento de nodos no solo en Bogotá sino a nivel de provincias, y una voluntad gubernamental para que se cumpla su objetivo, claramente entendiendo las características geográficas y sociales de nuestra región.

En este momento se están llevando tres procesos muy importantes que definirán el rumbo de la política pública en la esperada Bogotá Región y su futura estructura, el primero es la discusión del Acto Legislativo de esta temática que al momento de escribir esta columna tiene seis debates aprobados, afortunadamente, y a esperas de su paso por la cámara alta, en este punto solo faltan dos debates; el proyecto de Acuerdo de Plan de Desarrollo Bogotá 2020-2024 y finalmente el Plan de Desarrollo Departamental de Cundinamarca. Esperemos que se logre llegar a buen puerto y que esto sea una realidad ya que sus objetivos serán el pilar de una generación de confianza y gobernabilidad entre los territorios.

 

[1] Coscia, M., Neffke, F. & Lora, E., 2015. Report on the Poblacion Flotante of Bogota. CENTER FOR INTERNATIONAL DEVELOPMENT. Harvard University.https://growthlab.cid.harvard.edu/publications/report-poblacion-flotante-bogota

[2] Buitrago Bermúdez, Óscar, & Carvajal Sáchez, N. (2011). La dimensión regional en los planes de ordenamiento territorial del área metropolitana de Bogota. Perspectiva Geográfica, 1(11), 21-56. https://doi.org/10.19053/01233769.1692

*Miembro Dirección Gestión de Territorio

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