Retos educativos en tiempos del COVID-19

Retos educativos en tiempos del COVID-19

Por: Juan Pablo Alvarado

El COVID-19, puso en jaque al sector educativo en sus diferentes niveles; profesores, estudiantes, padres de familia y demás actores, nos hemos tenido que repensar nuestro rol a la luz de la adaptabilidad y el dinamismo que nos presenta el mundo.

En primer lugar, repensar, que el aprendizaje es eminentemente humano, aprendemos en diferentes momentos y lugares, y de manera diferenciada; según las interacciones, edad, intereses y motivaciones. Lo anterior implica, que somos sujetos activos en el proceso y que las metodologías de transmisión (aún empleadas en muchas instituciones) deben ser desechadas. En contraste, aquellas basadas en la autonomía y de carácter colaborativo deben ser privilegiadas, al menos, en el escenario digital, al que por gusto o por obligación nos trajo la pandemia. En ese sentido, la virtualidad nos abre un escenario que va más allá de las instituciones formales y de las formas tradicionales en cómo se da el proceso de aprendizaje- enseñanza; pues sensibiliza sobre las particularidades propias y del otro, acerca de las múltiples necesidades, demandas, habilidades y formas de aprender.

Así mismo nos conecta con el mundo, con un sinfín de estrategias, recursos y materiales que están a la espera ser empleados, especialmente en los escenarios con mayores dificultades, entre ellos, los rurales donde la brecha digital asociada a las dificultades de accesibilidad y uso eficiente de las TIC alcanza el 52.2 %1, lo cual, evidencia una de las asimetrías entre el campo y la ciudad, la conectividad; en adicción coloca sobre la mesa, la deuda de adaptar la virtualidad al contexto, teniendo de presente, los talentos, los saberes ancestrales y recursos que poseen las comunidades campesinas acerca de lo agrícola, lo ecológico y lo sustentable.

Por otra parte, cuestiona a los padres, sobre su responsabilidad en conocer, escuchar, orientar y acompañar a sus hijos en su proceso de aprendizaje, el cual en algunos casos por la cotidianidad pasa a un segundo plano y es relegada a terceros; como los docentes, la cuarentena los ha invitado a reflexionar sobre los retos que tienen las personas a quienes delegan la educación de sus hijos diariamente, no solo con ellos, sino hasta con 30 niños más en circunstancias diversas. De igual manera, ha favorecido el repensar la función docente, en el empleo de estrategias para facilitar ambientes de aprendizaje, en muchos casos, exigiéndoles, no solo el desarrollo de competencias técnicas o disciplinares a profundidad, sino a impulsar su creatividad ante las brechas entre la presencialidad y la virtualidad, empleando nuevas formas de contacto, y activando sus habilidades digitales que hasta hace poco para algunos eran percibidas como nulas.

En conclusión, el COVID-19, sacó a la luz, deudas históricas del sector educación, frente a aspectos de calidad y cobertura, las desigualdades del acceso a la educación y los retos individuales y colectivos de los actores sociales presentes en este escenario; desafíos de los cuales, como ciudadanos, y en especial como jóvenes debemos aprender y asumir, para estar a la altura de la oportunidad que nos invita el entorno contemporáneo.

1 Chagüi, R (5 de junio de 2019) Cerrar la brecha digital en las zonas apartadas del país. El Tiempo. Recuperado de: https://www.eltiempo.com/opinion/columnistas/ruby-chagui/cerrar-la-brecha-digital-en-las-zonas-apartadas-del-pais-columna-de-ruby-chaguei-371424

*Miembro Dirección Juventudes

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«Como sociedad debemos garantizar la atención médica a los más vulnerables»

«Como sociedad debemos garantizar la atención médica a los más vulnerables»

Carlos Aguilera, director de Seguimiento a los Objetivos de Desarrollo Sostenible analiza la manera en la que el COVID-19 ha afectado el cumplimiento de los ODS. Carlos, realiza algunas recomendaciones al Gobierno Colombiano acerca de qué aspectos se deben priorizar ante la crisis.

 

Retos educativos en tiempos del COVID-19

SECCIÓN DE CONTENIDO EN SVOD Y OTT ¿Revivamos nuestra historia o Distrito Salvaje, qué queremos?

Por: Sadi Contreras

El año anterior en el Plan Nacional de Desarrollo (Ley 1955 de 2.019) artículo 154, el Congreso de la República aprobó el siguiente texto:

“Artículo 154: Los servicios bajo demanda (Suscription Video on Demand -SVOD-) que se prestan a través de Internet (Over the Top-OTT-), deberán disponer, para los usuarios en Colombia, de una sección fácilmente accesible para el usuario en la que se incluyan obras audiovisuales de origen nacional. El Gobierno nacional expedirá, dentro de los doce meses siguientes a la expedición de la presente ley, los aspectos necesarios para dar cumplimiento al presente artículo teniendo en cuenta las disposiciones de los tratados internacionales firmados por Colombia.” De esta manera el Gobierno nacional quedó comprometido para desarrollar una regulación que además de novedosa genere un impacto favorable, no solo para los usuarios de servicios SVOD y OTT (Netflix, Amazon, Directv, HBO, etc), sino también para incentivar la industria nacional e internacional a invertir en producciones realizadas en nuestro país.

Aunque suena sencilla la obligación impuesta por esta norma especial al Gobierno, dicha reglamentación debe incluir los intereses de todos los participantes en la cadena audiovisual, productores, realizadores, actores, comercializadores, canales públicos y privados, naturalmente los usuarios colombianos, y al final las empresas que se lucran con la explotación del mercado nacional.

Hoy en Colombia existe una cuota de pantalla para los canales de televisión abierta radiodifundida que obliga a emitir en horarios específicos un 70% de producción nacional, porcentaje que fue modificado por el Gobierno por el periodo de cuarentena originado con la pandemia del coronavirus, pero que en teoría debe re establecerse al finalizar la cuarentena.

Adicionalmente existe una norma (Ley 680 de 2.001 art. 11), que obliga a que operadores de televisión por suscripción (claro, une, movistar, directv, etc) emitan en sus parrillas de manera gratuita la señal radiodifundida de los canales públicos y privados regionales, locales y nacionales, obligación que se denomina “must-carry”.

El Ministerio de las TIC tiene en la actualidad, para comentarios, el proyecto de Decreto que reglamentaría lo ordenado por el Plan Nacional de Desarrollo con relación a los modelos de negocio SVOD Y OTT y la obligación de emitir contenidos audiovisuales producidos en el país. Ese proyecto en su articulado establece la imposición para “…disponer de una sección prominente y exclusiva para que el usuario visualice las obras audiovisuales de origen nacional que hagan parte del catálogo de dicho servicio…”.

Como se puede observar el Ministerio acopia lo mandado en el Plan de Desarrollo pero no va más allá, permitiendo que a futuro dicha disposición se pueda prestar para una mala interpretación por parte de los operadores de servicios bajo demanda por internet en Colombia. Consideramos importante que se adicionen al Decreto dos características fundamentales para incentivar la industria de producción audiovisual y les permita proyectar inversiones en el país para tal fin:

1- Establecer un número mínimo de producciones que hagan parte de la “sección” que establece el Decreto, con el fin que el operador no de cumplimiento de la norma con la sola exposición de tres o cuatro producciones, y que la industria sepa si vale la pena invertir o no para lograr uno de esos cupos en la “sección” de contenidos nacionales.

2- Así mismo, establecer una temporalidad máxima de realización de esas producciones que harán parte de la mencionada “sección”, con el fin de promover la inversión en nuevas producciones con calidad y adecuadas a un mercado competitivo en el mundo. A sabiendas que en esa “sección” van a enlistarse producciones antiguas por sus bajos costos, es necesario que el Estado garantice un mínimo de emisión de producciones nuevas para que la industria nacional e internacional se asiente en Colombia, justificados en el interés por invertir para participar de ese importante mercado, no solo para el país sino para el mundo.

Esperemos que el Ministerio de las TIC, como sabemos que lo está intentando hacer, abra una ventana de oportunidad a los productores colombianos, actores, realizadores, comercializadores, canales públicos y privados, que con estas especificaciones que planteamos tendrían un nuevo espectro que navegar, y con la alta calidad de creatividad demostrada con piezas reconocidas en el planeta seguro esa “sección” pasaría de ser una obligación para los operadores de SVOD Y OTT a ser un aporte en su modelo de negocio audiovisual, y para los usuarios pasaría de un “Revivamos nuestra historia” a un “Distrito Salvaje” o una “Casa de Papel” local.

*Columnista invitado 

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Retos educativos en tiempos del COVID-19

El mínimo vital de agua potable

Por: Hugo Escobar Fernández de Castro

En mi calidad de profesor de Derecho Constitucional de la Pontificia Universidad Javeriana, quisiera invitar, en esta breve columna, a reflexionar sobre una necesidad básica insatisfecha: el agua potable. Hace 2 años, tuve la oportunidad de escuchar un elocuente debate de mi abuelo, entonces Senador, Hugo Escobar Sierra (1927-2003), oriundo de Plato, Magdalena, quien reclamaba en el Congreso de la República la atención nacional por falta de agua en algunos municipios del Departamento. Principalmente, le consternaban las “inundaciones del Río Magdalena”, con lo cual hacía hincapié en la paradoja que ocurría con aquellos municipios aledaños a la ribera, ubicados en el sur del Departamento (también conocida como la depresión momposina): en temporada de lluvia o invierno se inundaban por completo sin contar con la posibilidad de contener o recolectar una cantidad desbordante de agua, mientras que, en verano, la sequía y escasez imperaban de forma inhumana.

Me parece inverosímil que, transcurridos más de 30 años desde aquella denuncia pública, todo siga igual…

Es así porque nuestra lamentable realidad -macondiana- evidencia que, muchos samarios y magdalenenses, particularmente los más vulnerables, no tienen acceso al agua pese a la inmensidad del mar Caribe y de los caudales de agua provenientes del macizo litoral más alto del mundo -en amenaza ambiental-. Inclusive, en los actuales tiempos de anormalidad que vivimos cuya convivencia y solidaridad social exige lavarnos las manos constantemente para prevenir la pandemia, muchos no cuentan con el líquido vital.

Es que lavarse las manos es trascendental para prevenir la enfermedad infecciosa que nos ataca, por cuanto lo más común es que el virus COVID-19 entre al cuerpo a través del contacto de las manos con los ojos, la nariz o la garganta. Además de este relevante uso de tipo preventivo, indiscutiblemente, los individuos requerimos de disponibilidad, calidad y acceso al agua potable para el consumo humano (o la supervivencia), el saneamiento, la preparación de alimentos, la higiene (personal y en casa) y el lavado de ropa.

Sin perjuicio de lo anterior y de la conexidad del agua con otros derechos y libertades, mi tesis defiende la existencia de un núcleo duro o esencial del derecho fundamental cuyo contenido sea la garantía de un mínimo vital de agua potable para todos los seres humanos, es decir, el acceso a una cantidad mínima de agua que nos sea suficiente y apta para el uso (personal y doméstico) y prevenir enfermedades.

El fundamento jurídico de esta opinión se deriva de las obligaciones del Estado colombiano por la adhesión y ratificación del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, así como de precedentes de la Corte Constitucional que han establecido la continuidad del servicio público de agua para personas especialmente protegidas por la Constitución (por ejemplo, niños, adultos mayores, personas en condición de discapacidad, mujeres cabeza de familia, población desplazada por el conflicto armado, etc.), que por fuerza mayor o necesidad no pueden hacer frente al pago de la factura mensual o se conectan irregularmente al sistema.

Ahora bien, la propuesta que hago en mi obra pretende incluso ir más allá, en el sentido que, progresiva y gradualmente, empezando por las personas más vulnerables, todos podamos acceder a un mínimo vital y gratuito de agua potable (establecido en 50 litros/diarios por persona según la OMS) el cual nos permita, al menos, subsistir como especie humana y prevenir enfermedades infecciosas. Este propósito implica pasar a entender el mínimo vital de agua como un bien común, público y, al menos, sustraerlo del comercio o de los intereses privados.

Aunque hoy, después de más de 30 años, estamos lejos de disfrutar de esta garantía básica de rango constitucional, como ciudadanos/usuarios tenemos derecho de exigirle permanentemente al distrito o municipio y a las empresas de servicios públicos domiciliarios, la adecuada y efectiva distribución y cobertura de agua apta para el consumo humano, bien sea desde tanques de almacenamiento o plantas de tratamiento hasta las acometidas domiciliarias. Para lo anterior, también debe responder de forma concurrente el Departamento y la Nación.

Independientemente de las múltiples causas que ocasionan la vulneración del derecho humano al agua potable en Santa Marta y el Magdalena, no sobra recordar que, en razón del inclemente calor del Magdalena, es inevitable que las personas demanden recursos adicionales de agua. Así, todas las autoridades responsables deben formular y ejecutar mancomunadamente una estrategia o plan de acción que reconozca este derecho humano, siendo especialmente rigurosos en: abarcar todos los aspectos del derecho al agua y las obligaciones correspondientes; definir objetivos claros; fijar metas y plazos para su consecución, políticas adecuadas con base en niveles de referencia e indicadores estándar. En adición, las autoridades ambientales deben aunar esfuerzos en verificar las concesiones por extracciones de agua insostenibles, desvíos a los cauces, reducción de la contaminación de las cuencas hidrográficas y de ecosistemas relacionados con el agua y protección de las reservas de agua, entre otros.

El fenómeno del cambio climático registra graves predicciones para el Magdalena. Se estima por el IDEAM que el incremento en la temperatura en nuestra región, para el periodo 2011-2040, conllevará a una reducción ostensible en las precipitaciones de agua en un -18 %. Con mayor razón como samarios y magdalenenses deberíamos interesarnos en participar en los procesos de decisión que puedan afectar nuestro derecho al agua, como parte de una política, programa o estrategia pública con respecto a este líquido vital. Para ello, podemos acceder a la información sobre el agua: el servicio público y el medio ambiente que esté en posesión de las autoridades públicas o de terceros.

Que esta crisis no nos quiebre la voz para reclamar la vigencia de este derecho fundamental y pedir que se tomen todas las medidas en orden a conservar las principales fuentes de agua en la región, concretamente me refiero a la estricta protección del agua que corre por la Sierra Nevada, el Río Magdalena y el Mar Caribe. ¡Aquí esta la vida del Magdalena!

*Columnista invitado Dirección del Magdalena. 
Hugo es abogado y profesor de Derecho Constitucional de la Pontificia Universidad Javeriana. Máster en Derecho Público y doctorando en Derechos Humanos en la Universidad Carlos III de Madrid (España).

 

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